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Economía emitió comunicado sobre los horarios de las actividades comerciales

El Ministerio de Economía de la provincia a través de la Dirección General de Comercio les recuerda a los titulares de Comercios que dentro del marco del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, solo se encuentran autorizados para la habilitación de su actividad comercial, sea modalidad presencial o a través de la plataforma on-line, de LUNES A VIERNES en el horario de 9 hs. a 14 hs., (con excepción de aquellos dedicados a la venta de productos alimenticios y medicamentos).

Los horarios autorizados para circular tanto para los empleadores como para los trabajadores, serán de 8 hs. a 15 hs. a los fines de garantizar de que los mismos puedan disponer del tiempo necesario para concurrir a los comercios y regresar a sus domicilios.

Asimismo, se les recuerda que en caso de incumplimiento de los horarios y días autorizados, serán pasibles de sanciones de clausuras, multas y lo dispuesto en el Art. 205 del Código Penal.

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